La Diócesis de Xochimilco tiene como límites territoriales la división que hace la federación mexicana, estando conformada por las alcaldías: Xochimilco, Milpa Alta y Tláhuac, de la Ciudad de México. Su extensión es de 433 km² y corresponde al sur de la capital nacional, teniendo un relieve geográfico semi montañoso y un clima templado o denominado semi cálido-húmedo. Se constituyó a partir del desmembramiento de la Arquidiócesis Primada de México, su territorio formaba la VIII Vicaría Episcopal Territorial “San Juan Bautista”.
El 28 de septiembre de 2019 S.S. Francisco, en el sexto año de su pontificado creó la Diócesis de Xochimilco por medio de la Bula "Quandoquidem per sacramentum" que contiene el texto que decreta su fundación. Fue el 5 de noviembre sucesivo que, en asamblea eucarística, se hizo la solemne erección, estando presentes el Excmo. y Rev. Sr. Franco Coppola, Nuncio Apostólico en México, Emmo. Sr. Carlos Cardenal Aguiar Retes, arzobispo primado de México y Emmo. Sr. Norberto Cardenal Rivera Carrera, arzobispo emérito de México; tomó posesión como primer obispo de Xochimilco el Excmo. y Rev. Sr. Andrés Vargas Peña. Con la creación de las diócesis de: Azcapotzalco, Iztapalapa y Xochimilco, desmembradas de la Arquidiócesis Primada de México, ésta última quedo como cabeza de la nueva provincia de México, siendo junto con las otras 3 sufragáneas una cooperación entre los obispos titulares de las Iglesias Particulares. Esto para un mejor gobierno y atención pastoral con la finalidad de favorecer la educación y santificación del Pueblo Santo de Dios. Esto conforme a los cánones 431 al 459 del Código de Derecho Canónico de la Iglesia Católica. Conforme a lo anterior, aunque supeditada a la Provincia Eclesiástica de México, la Diócesis de Xochimilco es según el canon 369: una porción del pueblo de Dios, cuyo cuidado pastoral se encomienda al Obispo con la cooperación del presbiterio, de manera que, unida a su pastor y congregada por él en el Espíritu Santo mediante el Evangelio y la Eucaristía, constituya una Iglesia particular, en la cual verdaderamente está presente y actúa la Iglesia de Cristo una santa, católica y apostólica. Por tanto, al tener personalidad jurídica propia conforme al Código de Derecho Canónico, tiene la facultad para, según las necesidades, buscar los medios santos y lícitos para la ejercer la caridad pastoral.